lunes, 18 de junio de 2007

Protesta del gobierno paraguayo contra la intervención del Brasil en el Uruguay

Asunción, Agosto 30 de 1864.

S.E. Sr. Cesar Sauvan Vianna de Lima, ministro residente de S.M. del Emperador del Brasil.

El abajo firmado, ministro secretario de Estado en el Departamento de Relaciones Esteriores ha recibido órden del Exmo. Sr. Presidente de la República para diríjir á V. E. esta comunicacíon con el motivo que pasa á esponer.
El abajo firmado ha recibido de S.E. el Sr. Vasquez Sagastume, ministro residente de la República Oriental del Uruguay, una nota que con fecha 25 de este mes le ha dirijido de órden de su gobierno, acompañando cópia de la última correspondencia cambiada entre el gobierno oriental y S. E. el consejero Saraiva, ministro plenipotenciario de S.M. el Emperador del Brasil en mision especial cerca de aquella República. constante de tres netas que se rejistran bajo las fechas de 4, 9 Y 10 del presente mes.
El importante é inesperado contenido de esas comunicaciones ha llamarlo sériamente la atencion del gobierno del abajo firmado por el interés que le inspira el arreglo de las dificultades en que lucha el pueblo oriental, á cuya suerte no le es permitido ser indiferente, y por el mérito que puede tener para este gobierno la apreciación de los motivos que pudiera haber consejado tan violenta solución.
La moderacion y prevision que caracterizan la política del gobierno imperial, autorizaron al del Paraguay á esperar una solucion diferente en sus reclamaciones con el gobierno oriental, esta confianza era tanto mas fundada cuanto que S. E. el Sr. consejero Saraiva y hasta el mismo gabinete imperial al declinar la mediación Ofrecida por este gobierno para el arreglo amistoso de esas mismas reclamaciones á solicitud del gobierno oriental, calificaron como sin objeto por el curso amigable de las mencionadas cuestiones.
El gobierno del abajo firmado respeta los derechos que son inherentes á todos los gobiernos para el arreglo de sus diferencias ó reclamaciones, una vez anegada la satisfaccion y justicia, sin prescindir del derecho de apreciar por sí el modo de efectuarlo, ó el alcance que puede tener sobre el destino de todos los que tienen intereses legítimos en sus resultados.
La exijencia hecha al gobierno oriental por S.E. el Sr. consejero Saraiva en sus notas de 4 y 10 de este mes, de satisfacer sus reclamaciones dentro del improrrogable término de seis dias bajo la amenaza de usar de represalias, en caso contrario con las fuerzas imperiales de mar y tierra reunidas de antemano sobre las fronteras de la República Oriental y de aumentar la gravedad de las medidas de la actitud asumida, lo que significa una próxima ocupacion de alguna parte de aquel territorio, cuando su gobierno no se niega á atender y satisfacer las reclamaciones presentadas, como consta de la nota de S.E. el ministro de relaciones esteriores del 9 de este mes.
Este es uno de los casos en que el gobierno del abajo firmado no puede prescindir del derecho que lo asiste á apreciar este modo de efectuar la satisíacción de las reclamaciones del Gobierno de S.E., porque su alcance puede venir á ejercer consecuencias sobre los intereses lejitimos de la República del Paraguay pudiera tener en sus resultados.
Penosa ha sido la impresion que ha dejado en el ánimo del gobierno del abajo firmado la alternativa del ultimatum consignado en la nota de S.E. Sr. consejero Saraiva de 4 y 10 de este mes al gobierno oriental, exijiéndole un imposible por el obstáculo que pone la sítuacion interna de esa República, y para cuya remocion no han sido bastantes ni el prestijio de SS. EE. los señores Thorton, Elizalde y Saraiva ni el concurso ni la abnegacion del gobierno oriental.
No menos penosa ha sido para el gobierno del abajo firmado la negativa de S.E. el consejero Saraiva á la proposicion del arbitraje que le fué hecha por parte del gobierno oriental, mucho mas cuando este principio habia servido de base al gabinete imperial en sus reclamaciones con el gobierno de S.M.B.
El gobierno de la República del Paraguay deplora profundamente que el de S. E. haya creído oportuno separarse en esta ocasión de la política de moderacíon en que debía confiar ahora mas que nunca, despues de su adhesion á las estipulaciones del Congreso de Paris, pero no puede mirar con indiferencia ni menos consentir que en ejecucion de la alternativa del Ultimatum imperial. las fuerzas brasileras ya sean navales o terrestres, ocupen parte del territorio de la
República Oriental del Uruguay ni temporária ni permanentemente, y S.E. el Sr. Presidente de la República ha ordenado el abajo firmado declare á V.E. como representante de S.M. el Emperador del Brasil: que el Gobierno de la República del Paraguay considerará cualquier ocupación del territorio oriental por fuerzas imperiales por los motivos consignados en el ultimatum del 4 de este mes, intimado al gobierno oriental por el ministro plenipotenciario del emperador, en misión especial cerca de aquel gobierno, como atentatorio al equilibrio de los Estados del Plata, que interesa a la República del Paraguay como garantia de su seguridad, paz y prosperidad, y que protesta de la manera mas solemne contra tal acto, descargándose desde luego de toda la responsabilidad de las ulterioridades de la presente declaracion.

Habiendo así cumplido las órdenes Exmo. Señor Presidente de la República, el abajo firmado aprovecha esta ocasion para saludar á V. E. con su consideración muy distinguida.

José Berjes
Ministro de Relaciones Exteriores de Paraguay